l titular del Minvu planteó que la iniciativa tiene por objetivo que los Planes Reguladores Comunales se elaboren en un máximo de 3 años. Para ello, se propone mejorar procedimientos, aclarar conceptos, reducir la burocracia y unificar el régimen de aprobación. Asimismo, la iniciativa fortalece y aumenta el uso de los instrumentos de gestión urbana para acelerar la intervención del Estado en el territorio.
05 de diciembre de 2024. El ministro de Vivienda y Urbanismo, Carlos Montes, presentó ante la comisión de Vivienda de la Cámara de Diputadas y Diputados, el proyecto de ley del Minvu que reduce el plazo para tramitar los planes reguladores comunales y que aumenta los instrumentos de gestión urbana para acelerar el desarrollo de proyectos habitacionales y urbanos (N°17251-14).
“Modernizar los procesos de planificación territorial es clave para enfrentar el déficit habitacional y la construcción de mejores barrios y ciudades para las personas. Por eso hemos impulsado una robusta agenda para la agilización de los permisos de construcción, y ahora, con este proyecto de ley, medidas para que la tramitación de los planes reguladores sea un proceso moderno, transparente y con plazos claros para todos los actores de la ciudad”, señaló ministro Montes.
El secretario de Estado agregó que “para ello, hemos recogido las propuestas de consenso que fueron identificadas en su minuto por el ex Consejo Nacional de Desarrollo Urbano. Sin duda este es un proyecto relevante para el país, porque la planificación debe ser oportuna para enfrentar los problemas latentes, presentes y los futuros que nos plantea la emergencia habitacional, los déficits urbanos y el cambio climático”.
En la comisión, el ministro Montes expuso junto al jefe de la División de Desarrollo Urbano, Vicente Burgos y la asesora legislativa ministerial Jeannette Tapia.
El proyecto tiene como objetivo que los Planes Reguladores Comunales se realicen en un máximo de 3 años, aspirando a que el proceso normal sea entre 18 y 24 meses. Para eso se mejoran procedimientos, se aclaran conceptos, se reduce burocracia y se unifica el régimen de aprobación, es decir, estos instrumentos serán aprobados por decreto alcaldicio con independencia de si existe o no un Instrumento de Planificación Territorial de nivel Intercomunal.
Asimismo, se propone un acto administrativo de inicio del procedimiento de elaboración o modificación de un Instrumento de Planificación Territorial (IPT) y un plazo máximo para comenzar la etapa de aprobación.
La iniciativa contempla, además, el aumento de los instrumentos de gestión urbana para acelerar los procesos de regeneración o reconversión, y de cambio de normas que permitan que el Estado pueda realizar proyectos de inversión de forma anticipada y estratégica.
“Poner al día la planificación territorial significa racionalizar los plazos de los planes reguladores y, al mismo tiempo, dotar a ministerios, gobiernos regionales y municipios, de instrumentos de gestión urbana para desarrollar proyectos habitacionales y de ciudad en terrenos específicos. Muchos de ellos existen, pero tienen un carácter transitorio o extraordinario, por ello, la idea es consolidar su aplicación para responder a las oportunidades que se presentan, por ejemplo, para intervenir terrenos que obstaculizan los procesos de regeneración urbana o dar un nuevo destino a suelos e infraestructura industrial en abandono, sin tener que esperar la tramitación completa de un plan regulador”, afirmó el jefe de la DDU, Vicente Burgos.
Este proyecto recoge las propuestas identificadas tanto por el Consejo Nacional de Desarrollo Urbano —hoy Consejo Nacional de Desarrollo Territorial— y también de estudios especializados. Además, es coherente con la Política Nacional de Desarrollo Urbano, y los planes de Ciudades Justas y de Emergencia Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.